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tamente en sus gestiones por la Agencia Organizadora. 9. DELIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL VIAJE COMBINADO 9.1. Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto. En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de dos horas sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se segui- rán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato. En la contratación de servicios sueltos, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de antelación los horarios de salida de los vuelos. 9.2. Hoteles. 9.2.1. General. La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determina- da por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano compe- tente de su país. En algún caso se facili- tará en el folleto información de la cate- goría de los hoteles, aunque ésta no sea la vigente en el país concreto, con el fin de que el cliente pueda orientarse más fácil- mente sobre los servicios y categorías de los establecimientos, en el conocimiento siempre de que tal clasificación tan sólo responde a una valoración realizada por el Organizador. Dada la vigente legislación al respecto (que establece sólo la existen- cia de habitaciones individuales y dobles, permitiendo que en algunas de estas últi- mas pueda habilitarse una tercera cama), se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conoci- miento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita es- timación deriva de la circunstancia cier- ta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habita- ción como triple en todos los impresos. El horario habitual para la entrada y en los hoteles está en función del primer y últi- mo servicio que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expre- samente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 14 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12 ho- ras del día de salida. Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamien- to permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel reservado en fechas u horas distintas, es conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicarlo a la Agencia. El servicio de alojamiento impli- cará que la habitación esté disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias propias del viaje combi- nado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto. 9.2.2. Otros servicios. En los vuelos cuya llegada al punto de des- tino se realice después de las 12,00 horas, el primer servicio de hotel, cuando esté incluido en la oferta del programa/folleto será el alojamiento. Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un solo cupón de vuelo, con independencia de que el vue- lo realice alguna parada técnica. En los circuitos, los autocares pueden variar en función del número de participantes. Si en alguna salida no se llega a un número suficiente de viajeros, es posible que se utilice tren, minibús o “van”, que, salvo indicación expresa en contrario, no tie- nen los asientos reclinables. En particular en la etapa entre Paris y Londres en uno u otro sentido que normalmente se utiliza el Eurotúnel, si por condiciones operativas o sucesos inesperados hubiera que prescin- dir del uso del Eurotúnel el organizador supliría este tipo de transporte por Ferry, avión o tren para cumplir con el programa de viaje. 9.2.3. Servicios suplementarios. Cuando los usuarios soliciten servicios su- plementarios que no les puedan ser con- firmados definitivamente por la Agencia Organizadora, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio su- plementario o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan final- mente serle prestados. En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios suple- mentarios que finalmente no le puedan ser prestados, el importe abonado le será re- embolsado por la Agencia detallista inme- diatamente al desistimiento del servicio por parte del consumidor o al regreso del viaje, según el usuario haya optado por el desistimiento en la prestación del servicio suplementario solicitado o haya manteni- do la solicitud. 9.3. La Agencia Organizadora pone en cono- cimiento de los clientes, que en los circuitos especificados en el folleto, el servicio de alojamiento se prestará en algunos de los establecimientos relacionados en el mis- mo o en otro de igual categoría y zona e igualmente, que el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según alguna de las opciones descritas así mismo en el progra- ma-oferta. 10. PASAPORTES, VISADOS Y DOCUMENTACIÓN Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su do- cumentación personal y familiar corres- pondiente, sea el pasaporte y visados o D.N.I. según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obten- ción de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visa- dos por causas particulares del usuario, o de ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la Agen- cia Organizadora declina toda responsabi- lidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circuns- tancias las condiciones y normas estable- cidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recomienda igualmente a todos los usuarios, que de- ben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requi- sitos aplicables en materia de visado a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. 11. EQUIPAJES A todos los efectos y en cuanto el transpor- te terrestre se refiere, se entenderá que el equipaje (dos maleta por persona) y demás enseres personales del usuario los conser- va consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan colocados, y que se transporta por cuenta y riesgo del usuario. Se recomienda a los usuarios que estén en todas las manipulaciones de carga y des- carga de los equipajes. En cuanto al trans- porte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipaje, son de aplicación las condi- ciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el documento vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. En el supuesto de sufrir al- gún daño o extravío el consumidor deberá, presentar, en el acto, la oportuna recla- mación a la Compañía de Transportes. La Agencia Organizadora se compromete a prestar la oportuna asistencia a los clien- tes que puedan verse afectados por alguna de estas circunstancias.

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